En cumplimiento al amparo que ganó REALIDADES, juez de control ordenó al ministerio público reabrir la investigación penal en contra del exgobernador Antonio Echevarría García, Juan Luis Chumacero Díaz, Juan Carlos Organista Espinosa y los demás integrantes del comité de adquisiciones del gobierno toñista, esto por los presuntos delitos de ejercicio indebido de funciones y encubrimiento
Por: Justino Rodríguez
Tepic, Nayarit; lunes 12 de septiembre del 2022.- El día seis de septiembre del 2022, se llevó a cabo audiencia ante el Juez De Control Del Juzgado De Primera Instancia Del Sistema Acusatorio Y Oral En El Estado De Nayarit, que tenía por objeto dar cumplimiento a la sentencia de amparo dictada por la Licenciada INGRID ANGELICA CECILIA ROMERO LÓPEZ, dictada dentro del dentro del amparo número 404/2021 -II, donde se ordenó reabrir la investigación penal en contra de ANTONIO ECHEVARRÍA GARCÍA, Y ALGUNAS OTRAS PERSONAS QUE FUERON FUNCIONARIOS EN SU ADMINISTRACIÓN, COMO EL ENTONCES SECRETARIO DE ADMINISTRACIÓN Y FINANZAS JUAN LUIS CHUMACERO DIAZ, JUAN CARLOS ORGANISTA ESPINOSA, QUIEN HABÍA FUNGIDO COMO DIRECTOR DE COMUNICACIÓN SOCIAL Y OTROS QUIENES HABÍAN SIDO INTEGRANTES DEL COMITÉ DE ADQUISICIONES DE AQUELLA ADMINISTRACIÓN
Recordemos los hechos que nos han traído a la celebración de esta relevante e inédita audiencia:
Resulta que en el 2020, esta casa editorial que es conocida comercialmente como diario REALIDADES DE NAYARIT EXPRESIÓN Y COMUNICACIÓN PARA EL PROGRESO, por conducto de su apoderado el licenciado Lenin Rodríguez Villanueva, presentó denuncia ante el ministerio público federal en contra del entonces gobernador ANTONIO ECHEVARRÍA GARCÍA, así como del secretario de administración y finanzas, director de comunicación social y los entones integrantes del comité de adquisiciones, por hechos probablemente constitutivos del delito de ejercicio indebido de funciones prohibido por el artículo 242, fracción VIII, inciso D, del Código penal para el estado de Nayarit, ya que se estimaba que durante la administración de Antonio Echevarría García, se llevó a cabo una contratación ilegal de proveedores de publicidad oficial y comunicación social, que tenía como objeto beneficiar y favorecer a las empresas y socios del entonces gobernador. Este último fue denunciado, como el destinatario final de los recursos provenientes de una contratación indebida, es decir, como el presunto beneficiario de los recursos presumiblemente producto del delito, lo que a su vez también constituye delito según la legislación local penal.
Abundando un poco, se creía que dichos funcionarios habían actuado ilícitamente y realizado una contratación indebida, porque se había elegido como principal proveedor de publicidad para gobierno del estado, a la empresa denominada Grupo Editorial Alpesor Sociedad De Responsabilidad Limitada, de la que Antonio Echevarría, era nada menos que el socio mayoritario, al igual que se eligió a sus socios directos en dicha moral, y a otros que trabajaban para el en la iniciativa privada, esto no obstante que el articulo 34 fracciones I Y II, a grandes rasgos prohíbe a los encargados de llevar a cabo la contratación de celebrar contratos con aquellos individuos que estén relacionados con el titular del ejecutivo, obviamente también les prohibía celebrar contratos que representen un beneficio directo para su superior jerárquico en este caso el gobernador, y no obstante dichas prohibiciones, los entonces integrantes del comité de adquisiciones les asignaron a la empresa y socios del entonces gobernador cientos de contratos por la vía de la adjudicación directa, lo que claramente es una contravención de lo prohibido por la ley de Adquisiciones, Servicios Y Almacenes Del Estado De Nayarit, y a otros cuerpos normativos que se estima también fueron violados por los denunciados en dicha contratación.
No omito señalar a usted estimado lector, que me di a la tarea de desentrañar el sentido de la palabra “indebida/o” cuya acepción desde el aspecto jurídico, quiere decir básicamente “aquello que es contrario a la ley”, es por eso que a los denunciados se les considera como probables responsables de haber realizado una contratación indebida, es decir una contratación contaría a las leyes de orden público que regían dicha contratación.
Desde luego en su momento se ofrecieron datos de prueba para probar la ilegal asignación de esos contratos a estas personas y se propusieron actos de investigación, pero luego de algunas investigaciones del ministerio público federal quien se cercioró que los recursos de la contratación presuntamente indebida, eran solo de origen estatal, por lo que se declaró incompetente y reenvío la carpeta de investigación a la fiscalía del estado de Nayarit, a cargo del PETRONILO DIAZ PONCE MEDRANO, esta investigación quedo a cargo de la unidad de investigación de delitos de alto impacto económico y social, dirigida por la licenciada Elvia Ludmila Heredia Verdugo, quien desde el principio tal vez siguiendo órdenes de más arriba, se negó a realizar una investigación, profesional, imparcial, exhaustiva agotando todas las líneas de investigación, es decir, incumplió con su deber constitucional de investigar los hechos que se narraron en las denuncias, y en la primera oportunidad dicto el no ejercicio de la acción penal, ya que según su opinión los hechos denunciados no constituían delito.
Contra dicha determinación el apoderado legal de este diario, promovió un recurso legal, que contempla el artículo 258 del Código Nacional De Procedimientos Penales, motivo por el cual se fijó una audiencia ante un Juez De Control De Primera Instancia Del Sistema Penal Acusatorio Y Oral, el día cuatro de mayo del año próximo pasado es decir 2021, (cuya audiencia obra completa en internet y usted estimado lector la puede consultar completa).
Llegada la fecha, de la audiencia comparecieron los funcionarios señalados, representados por los defensores públicos y por su parte la ministerio público acompaña de otras tres agentes ministeriales y luego de un duro y largo debate, el juez de control ARMANDO ELÍAS MARTÍNEZ, según algunas versiones le señalan y refieren que de manera parcial e ilegal confirmó la determinación de no ejercicio de la acción penal dictada por la ministerio público, no obstante que había quedado de manifiesto de manera evidente que la ministerio público carecía de argumentos para sostener su no ejercicio de la acción penal, y trataba de manera desesperada de corregís sus las deficiencias de su determinación en la propia audiencia ante la complacencia del juez, a pesar que ello está prohibido, también algunos expertos señalan que había quedado claro en dicha audiencia, que la ministerio público violando su deber no había realizado una investigación que cumpliera con los mandatos de la ley procesal penal y con la constitución, no obstante ello, el juez aun así confirmó dicha resolución.
Inconforme con lo resuelto por el juez de control ARMANDO ELÍAS MARTÍNEZ, el apoderado legal que representa a este diario, promovió un amparo indirecto ante un juez federal, juicio que por razón de turno le tocó resolver a la Jueza Primera De Distrito De Amparo En Materia Penal En El Estado De Nayarit, licenciada INGRID ANGELICA CECILIA ROMERO LÓPEZ, quien al final dictó una sentencia donde la justicia de la unión amparaba y protegía a Realidades De Nayarit Expresión Y Comunicación Para El Progreso, contra las violaciones cometidas en agravio en dicha audiencia del 4 de mayo del 2021, pues desde su óptica y luego de un minucioso estudio básicamente se determinó que los motivos y argumentos que fueron tomados en consideración para confirmar el no ejercicio es decir, para terminar con la investigación penal en contra del ex gobernador y sus principales funcionarios habían sido ilegales, por lo que dictó lineamientos precisos y requirió al juez de control de primera instancia para que diera cumplimiento a la sentencia en los términos por ella ordenados.
Fue así, que el asunto regresó ante el juez de control sin embargo el juez que originalmente había dictado la confirmación de no ejercicio de la acción penal, ya no se encontraba en funciones como juez penal, motivo por el cual dicho cumplimiento le toco al juez ANTONIO MANUEL GONZÁLEZ GARCÍA, este último luego de estudiar la sentencia de amparo y analizar los argumentos que se vertieron en la audiencia del 4 de mayo del 2021, tanto la ministerio público ELVIA LUDMILA HEREDIA VERDUGO Y EL APODERADO DE ESTE DIARIO LENIN RODRIGUEZ VILLANUEVA, concluyó que efectivamente tal como lo señaló la juez de distrito se habían violado los derechos humanos de REALIDADES, en la “investigación” que realizó la agente ministerial por lo tanto lo procedente era reabrir la investigación en contra de los denunciados.
Con lo anterior luego de un viacrucis legal se logró un importante precedente, reabrir la investigación en contra de un ex gobernador por el presunto manejo arbitrario de los recursos destinados a publicidad oficial y comunicación social, que indebidamente fue cerrada por la actuación ilegal por parcial de la fiscalía de estado y que en su momento fue validada por el juez ARMANDO ELÍAS MARTÍNEZ, cuando los denunciados eran funcionarios públicos quienes detentaban el poder, y si bien ya no lo tienen, algunos todavía especulan sobre la actuación que llevará a cabo EL AUN FISCAL DEL ESTADO PETRONILO DÍAS PONCE, y se preguntan si ¿acaso tratará de obstaculizar la nueva investigación del ex gobernador y sus funcionarios?, ¿pretenderá cerrarla de manera ilegal nuevamente?.
Incluso los expertos en el tema no se atreven a anticipar que es lo que pasará de ahora en adelante, ya que, por un lado, el gobernador MIGUEL Ángel NAVARRO QUINTERO, ha sido enfático en afirmar que en su administración no habrá protección en contra de los corruptos de anteriores administraciones pero por otro lado, la actuación del fiscal en ciertos asuntos ha sido motivo de mucha crítica y suspicacia, lo cierto es que el tiempo dirá.
¿usted qué cree que pase estimado lector?